Derecho Laboral
2 meneos
7 clics

Una empresa despide a un empleado por compartir en Facebook una foto que se hizo a sí mismo mientras conducía

Tal y como recoge el medio Economist & Jurist, la sentencia dice: "No se trata de imágenes relativas a la vida privada del trabajador, sino del registro fotográfico de una actividad dentro del marco de la prestación de servicios, realizada dentro del lugar de trabajo, en hora de trabajo y mientras se desarrolla la actividad laboral".

| etiquetas: despido improcedente , facebook , tsjcl , derecho a la intimidad

menéame