edición general
32 meneos
32 clics

20-N.- La Junta Electoral Central permite a los partidos sin representación recoger avales mediante firma electrónica

Los partidos que no tienen representación parlamentaria y quieren presentarse a las elecciones generales deben recabar avales para poder concurrir a estos comicios. Deberán sumar, como mínimo el 0,1 por ciento del censo electoral en cada circunscripción y podrán hacerlo tanto por el medio de recogida de firmas tradicional como utilizando la firma electrónica. Junta Electoral Central recuerda que los avales no pueden empezar a recabarse hasta que se publique el decreto el próximo 26 de septiembre.

| etiquetas: junta electoral central , avales

menéame