Cobrar el paro y trabajar a la vez es legal, aunque sólo en determinados supuestos. Hay básicamente tres casos: los autónomos menores de 30 años durante un máximo de 270 días, los que encuentran un empleo a tiempo parcial y los colaboradores o freelances, que realizan trabajos no periódicos por un importe que, por bajo, “no constituye un medio de vida”.
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