El Estado de Alarma es un régimen excepcional que se declara para asegurar el restablecimiento de la normalidad democrática. Está recogido en Ley Orgánica 4/81 de 1 de junio, de los Estados de Alarma, Excepción y Sitio. Publicada en el BOE núm. 134 de 5 de junio de 1981 que contiene el artículo 116 de la Constitución Española. Nunca se aplicó antes en los 32 años de Estado Constitucional en España.
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