Los tribunales respaldan las rescisiones de los contrato con una compensación equivalente a la de despido cuando éste ha sufrido retrasos reiterados en el pago del salario o de los complementos de baja, cuando padece vejaciones y hostigamientos o cuando sus condiciones de trabajo o sus horarios son alteradas unilateralmente y de manera sustancial. Se han dado casos en trabajadores del metal, geriátrico y futbolistas. Se llama "rescisión indemnizada de contrato" y el trabajador cobra 20 días por año trabajado con un límite de 9 mensualidades.
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