Los Mercados han cometido, entre otros, el delito tipificado en el artículo 262 del Código Penal, según el cual “los que se concertaren entre sí con el fin de alterar el precio del remate” en una subasta pública “serán castigados con pena de prisión de uno a tres años y multa de 12 a 24 meses”. Que los bancos están concertados para encarecer la deuda pública española es una obviedad, como ponen de manifiesto las operaciones especulativas previas a las subastas del tesoro público.
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