Los demandantes que se amparan en la Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo, de Protección Civil del Derecho al Honor, a la Intimidad Personal y Familiar y a la Propia Imagen merecen una atención periodística mayor de la que hasta ahora han recibido. Es obvio que hay auténticas víctimas de gravísimos atropellos y ofensas injuriosas o calumniosas maliciosamente preparadas desde medios de comunicación parciales por periodistas o polemistas desalmados. Pero también es cierto que existe una perversa economía de las costas judiciales...
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