Las injurias a la religión, las blasfemias o las ofensas a los sentimientos religiosos son castigadas con el Código Penal en 71 países de los 194 que hay en el mundo. Es decir, el 36% de los estados recoge sanciones penales por algún tipo de delito religioso y España es uno de ellos. El Código Penal español, aprobado en 1995, recoge como delito la ofensa "a los sentimientos de los miembros de una confesión religiosa". Para ello prevé una multa de ocho a doce meses.
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