La sentencia dictamina que el barco, hundido en 1804 frente a las costas del Algarve, en Portugal, era y es propiedad del Estado Español como “navío de pabellón” y “tumba de guerra”, dos figuras legales que aseguran a España la total jurisdicción y propiedad sobre el sitio del hundimiento, independientemente de las aguas en las que se encuentre. En Aquí Fue Troya queremos dedicar este artículo a este lío.
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