El Anteproyecto va derogar las faltas de imprudencia leve, como se recoge en la Exposición de Motivos y en las Disposiciones Derogatorias que derogan todo el Libro III salvo determinadas faltas que se reconvierten en “delitos leves”, entre los que no figura la actual falta de imprudencia. O sea, en lenguaje asequible, que cualquiera que atropelle a un ciclista hiriéndolo o matándolo, si no va con alcohol, drogas o circulando con desprecio absoluto a las normas elementales de circulación, no será responsable penal. Saldrá de rositas.
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