1- La sentencia no tiene pies ni cabeza, está mal argumentada y parece más el texto de un redactor de panfleto que una reflexión jurídica con una valoración de prueba conforme a derecho. 2- La sentencia se lía en la interpretación del 172 ter CP llegando a la conclusión que el delito de acoso está planteado para mujeres, cuando resulta que la víctima de ese delito puede ser cualquier "persona" especialmente vulnerable por razón de la "edad". 3- Que el juez "olvide" que el CP establece que la edad es, en el delito de acoso, condición de esp
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