Así lo ha sentenciado el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. El fallo precisa que el adquirente de una licencia de un programa de ordenador tiene derecho a observarlo, verificarlo y estudiar su funcionamiento. No puede haber infracción del derecho de autor cuando el adquirente de la licencia no ha tenido acceso al código fuente del programa de ordenador.
|
etiquetas: lenguaje de programación , derechos de autor