La Fiscalía General se desentiende de la empresa del jefe de Anticorrupción en Panamá y lo rebaja a un "asunto personal" pese a que Moix no comunicó a la inspección fiscal su relación con la sociedad. El Estatuto de los fiscales prohíbe "toda actividad mercantil con ejercicio directo o mediante persona interpuesta", les impide ejercer funciones ejecutivas en sociedades y hasta ser socio colectivo.
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