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Pregunta: Quiero retornar a mi país y quiero llevarme mis pertenencias y objetos personales. ¿Cómo?

Respuesta: En primer lugar, hay que tener en cuenta que para no pagar impuestos arancelarios por los bienes personales, cuando uno cambia de residencia de un país a otro, es imprescindible aportar a las autoridades aduaneras la Baja consular tanto si uno emigra como si retorna, a fin de acreditar dicho cambio de residencia.

| etiquetas: retorno , mercancías , propias , residencia

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