Los miembros de las fuerzas de seguridad no pueden fotografiar con sus teléfonos personales la documentación oficial de una persona a la que estén identificando, a no ser que sea un dispositivo corporativo del cuerpo usado para fines estrictamente profesionales. Así lo ha recordado la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) en una reciente resolución en la que sanciona al Ayuntamiento de Ourense por permitir que su Policía Local realice esta práctica que debe limitarse incluso con móviles oficiales.
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