La Sala Primera del Tribunal Supremo ha resuelto estimar el recurso y la demanda de dos particulares, cuyos datos personales fueron mantenidos indebidamente por la entidad “CAJA RURAL DE CANARIAS, SOCIEDADCOOPERATIVA DE CRÉDITO” en registros de solvencia patrimonial("BADEXCUG" y "ASNEF") atribuyéndoles una situación de riesgo por morosidad que constituyó, dadas las circunstancias, una intromisión ilegítima en su honor (que se indemniza con la suma de 6000 euros).
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