Como todos los suscriptores y lectores de Laboro sabéis, desde hace pocos meses están en vigor las famosas tasas judiciales; es decir pagar un dinerito por demandar y/o recurrir ante un juzgado. Ya se explicó en un artículo anterior que en los casos laborales no había tasas para la demanda, lo cual suponía una gran ventaja frente a otros jurisdicciones. Pero sí que las había para presentar el recurso de suplicación
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