El Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) ha dictado una sentencia por la que anula la fijación de los servicios mínimos para los servicios de urgencia hospitalarios en las movilizaciones de octubre de 2012 por entender que vulneraron el derecho a la huelga. El TSJA argumenta esta estimación "ante la falta de la adecuada proporcionalidad entre los servicios mínimos acordados por la Administración Sanitaria del Principado de Asturias y el ejercicio del derecho de huelga al mantener el 100% de los servicios de urgencia".
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