La nueva redacción de la ley se refiere por primera vez a "servicios de comunicaciones electrónicas interpersonales independientes de la numeración", es decir, que no requieren un número de teléfono para permitir la comunicación entre usuarios. Encajan en esta descripción aplicaciones dedicadas principalmente a esta función, como WhatsApp o Telegram e incluso otras como Skype o FaceTime. La ley tiene reservada además otra medida para estos servicios, que persigue que sean interoperables, como ya ocurre con las redes telefónicas.
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