Por si alguien tiene curiosidad, el agente aplicó el artículo 37.4 de la Ley de seguridad ciudadana 4/2015. Podéis consultar la ley aquí:
https://www.boe.es/eli/es/lo/2015/03/30/4/con
Dicho esto, considero que el agente se sobreexcedió con la sanción y el afectado debería tenerlo fácil para recurrirla.
Portada
mis comunidades
otras secciones
#3 No me deja entrar en esas webs desde España.