#99 No, no solo me has preguntado mi opinión. Eso lo has hecho en #97 pero yo referencio dos comentarios.
Sobre la dispersión, he dejado más que claro lo que creo que tiene que hacer un preso para que termine. Sobre la obtención de la libertad condicional, me remito a la ley:
Para que una persona pueda disfrutar de la libertad condicional es necesario que se den los siguientes requisitos (arts. 90, 91 y 92 CP 1995, reformado por LO 7/2003 de 30 de junio):
a. Que se encuentre en tercer grado penitenciario.
b. Que se hayan extinguido las tres cuartas partes de la condena impuesta.
c. Que hayan observado buena conducta y exista respecto de los sentenciados un pronóstico individualizado y favorable de reinserción social, emitido en el informe final previsto en el art. 67 de la Ley Orgánica General Penitenciaria.
d. No se entenderá cumplida la circunstancia anterior si el penado no hubiese satisfecho la responsabilidad civil conforme a los arts. 72.5 y 6 de la LOGP. Asimismo, en el caso de condenados por delitos de terrorismo de la sección 2ª del capítulo V del título XXII del Libro II de este Código o cometidos en el seno de organizaciones criminales, se entenderá que hay pronóstico de reinserción social cuando el penado muestre signos inequívocos de haber abandonado los fines y los medios terroristas, y además haya colaborado activamente con las autoridades; bien para impedir la producción de otros delitos por parte de la banda armada, organización o grupo terrorista, bien para atenuar los efectos de su delito, bien para la identificación, captura y procesamiento de responsables de delitos terroristas, para obtener pruebas o para impedir la actuación o el desarrollo de las organizaciones o asociaciones a las que haya pertenecido o con las que haya colaborado, lo que podrá acreditarse mediante declaración expresa de repudio de sus actividades delictivas y de abandono de la violencia y una petición expresa de perdón a las víctimas de su delito, así como por los informes técnicos que acrediten que el preso está realmente desvinculado de la organización terrorista y del entorno y actividades de asociaciones y colectivos ilegales que rodean a la misma y su colaboración con las autoridades”
"Pues muy bien. Otro debate muy fructífero". Ya, yo tampoco me esperaba que intentases poner a Mandela y a su contexto, a la misma altura que los terroristas de ETA. Pero bueno, ya sabes, para la próxima no me hables y no tendrás que sufrir mis diálogos.
#96 Vaya, ya comienzas con tu rollo de "lo que yo debería hacer según tú". Ya hacía tiempo :=)
Pero vaya, dices que exagero. No, no exagero nada. El EPPK expulsa a miembros (y deja de tildarlos asquerosamente como presos políticos) si piden perdón a las víctimas. Luego pueden soltar toda la sarta de estupideces hipócritas sobre arrepentimiento o reconocer a las víctimas. Pero la realidad es que expulsan a terroristas del colectivo por pedir perdón a las víctimas. Si tú pretendes maquillarlo pues ya no es mi problema, al igual que si quieres compararlo con una decisión de un partido político.
En cuanto a lo de #97 aún no he pensado si deben tener determinado corte de pelo o deben ser hinchas de la Real. Un saludo. A ver si la próxima vez que hablemos, tienes claro al menos la diferencia entre Mandela u Otegi y Txeroki o Anders Behring Breivik.
#94 Sí, llama la atención que para el EPPK un tío que pida perdón a las víctimas sea una directriz que te eche de su definición de preso político.
Y no, no siguen siendo presos políticos. Preso político es Otegi, no un tío que le voló la nuca a alguien mientras metía a su bebé en el coche.
Quién coño se va a tomar en serio a Etxerat (los que consideran víctimas a gentuza que le explotó su propia bomba en las narices) o el EPPK (que consideran presos políticos a fascistas asesinos). En fin.
Como veo en tu enlace, solo un pequeño grupo ha pedido los beneficios penitenciarios. Y el 1 de diciembre, habrá que ver que sucede. Y habrá que ver si han roto con ETA, otro de las condiciones para terminar con su dispersión.
#91 ¿Por cierto, me muestras información que diga que los presos terroristas ya han pedido beneficios penitenciarios? La última noticia que tenía (31/11/2011) es que los hipócritas del EPPK tenían pensado hacerlo "a corto plazo".
Lo de hipócritas es porque llaman preso político a cualquier terrorista etarra salvo que pidan perdón a las víctimas y rompan con la banda. En ese caso ya los borran de la lista de presos políticos.
#91 Si leyeses bien, verás que no digo que ahora no esté reinsertado. Digo que cuando le ofrecieron la prisión atenuada, no lo estaba. Ni arrepentido, vaya.
Lo digo por si hay alguien que está leyendo esto, no se quede solo con la información que estás dando
Como ya he dicho, y demostrado, a los presos de ETA se les trata exactamente que a otro preso de cualquier otra mafia fascista. Evidentemente no me vas a convencer de otra cosa, un saludo.
#87 Cierto, la situación de De Juana cambió. De hecho, tratándose de un preso sanguinario, no rehabilitado y sin ninguna intención de romper con la banda, se le aplicó una prisión atenuada.
La verdad es que el Estado opresor es la hostia.
#18Ahora que ETA lo ha dejado, la cohesión entre los presos es mayor. Todos esperan que esto termine del todo, y fuera la gente está luchando por sus derechos.
Hay cosas que se ven de distinta manera si conoces el entorno carcelario. Y por otro lado tampoco son fáciles de analizar y menos aún de extraer conclusiones acertadas. Yo, en las cárceles estoy viendo que la cohesión se viene rompiendo (lentamente eso si) desde 2005. Hay tantas cosas de las que pasan dentro de las prisiones que la gente no sabe... Desde ese año, muchos presos del entorno etarra, aún sin hacer declaraciones públicas de sus decisiones, empezaron a romper la disciplina y a "trabajar" ¡! Es decir a aceptar puestos de trabajo dentro de las prisiones. Esto ha sido un paso importantísimo. Sus normas eran estrictas "no trabajar para el Estado Español..." y por qué las rompieron ?? no fue desde luego porque necesitasen el poco dinero que las prisiones pagan por esos trabajos. Ocurrió sobre todo, porque al incorporarse a esos trabajos les cambiaba el régimen de vida (los horarios... los presos etarras tienen muchas menos horas de "patio" que los presos comunes) y el hecho de aceptar un trabajo a partir de 2006/2007 también conllevaba un cambio de "módulo". La gran mayoría de los presos que trabajan en cocina, panadería, mantenimiento, lavandería... por razones de organización y por los horarios "viven en un mismo módulo". Y como se puede imaginar, la vida en esos módulos es mucho más tranquila, además del entorno... un entorno de personas que prefieren trabajar es mucho más normal que un módulo normal o conflictivo.
Eso lleva ocurriendo mucho tiempo y como un goteo de suero fisiólógico, ha ido calando en el colectivo que ya hace mucho que no es tan colectivo. Sólo mantienen un poco algunos principios en cuanto a la comunicación con el exterior pero en el resto no están ni mucho menos como estaban antes de 2005.
Oubiña, pese a negar siempre que haya sido un capo de la droga, lleva este último año hablando de romper con su anterior "vida". Dice que quiere rehabilitarse y trabajar honradamente. En el link que te he puesto también lo puedes ver.
Claro, a Oubiña no se le ha ocurrido pedir beneficios colectivos para todo el clan, decir que son presos políticos y que la dispersión es un arma para castigar a las familias. Sería ridículo.
Lo de Sito Miñanco es una vergüenza, pero si le aplican el tercer grado, es por su conducta. Pero no es a la primera gentuza no arrepentida que se lo ofrecen. "Se abren distintas posibilidades, pero está claro, porque así me lo ha dicho Iñaki, que no aceptará un tercer grado para ir a dormir a la cárcel porque ese tipo de cosas los miembros de ETA no las aceptan" Alvaro Reizabal abogado de De Juana Chaos.
Yo creo que no ha fallado. La realidad es que en cuanto a la dispersión, a los presos de ETA se les trata como a cualquier otro preso terrorista o miembro de una mafia. Porque es lo que son, ni más ni menos. Y me alegro. Además se ha demostrado que al romper con la banda, la dispersión termina. Llega con ver este caso. Pero bueno, seguid culpando al Estado por hacer lo correcto y no al que tiene en su mano terminar con su situación y pedir beneficios penitenciarios individuales.
#59 Sí y no. En el caso de Charlín tienes razón pero únicamente porque se le aplicaron beneficios penitenciarios Miento, lleva en A Lama desde 1997. En el caso de Oubiña, relee la noticia que has puesto, estaba en Palencia.
Sí, con la misma facilidad que se le concede a cualquier preso miembro de una banda organizada si rompe con la banda y los solicita individualmente.
#44 No suelo contestarte (más que nada porque eres dado a hacer determinadas acusaciones asquerosas), pero simplemente decirte que sé de sobra el año en el que comenzó a aplicarse la dispersión y creo que mis conclusiones son completamente acertadas. Un saludo.
#50 Bueno, supongo que habrá presos de Al-Qaeda que sí e hayan movido con sus familias a España. Yo recuerdo a unos detenidos en una operación en ¿Tarragona? en la que su familia salía en los medios y lo negaba todo.
#33 Cierto. Todo lo que dices con respecto a De Juana Chaos es rigurosamente cierto. Pero no viene más que a certificar lo que yo escribí: no es que el código penal esté mal (salvo las modificaciones que se hicieron para endurecer las penas, sobre todo a partir del año 2000); es que los encargados de aplicarlo, desde la policía a la Institución Penitenciaria, pasando por algunos jueces, lo manipulan, lo reinterpretan y lo acomodan a su gusto, a veces aprovechando eso que llaman "alarma social" o "opinión pública" y que no es otra cosa que la "opinión publicada..." y a veces manipulada por el propio Sistema.
De Juana Chaos cumplió con lo que la Ley decía en su momento y le fueron aplicados "todos los beneficios penitenciarios" que la Ley recogía en aquellos momentos (antes de las modificaciones que comenté). Sobre todo las "redenciones de patio": dos días por cada día en prisión. Por eso cumplió 18 años y no lo que figuraba en la sentencia.
Pero... no estoy de acuerdo con lo que dices de los abogados. Si hoy mismo te das una vuelta por cualquier prisión de España, encontrarás que los presos "enterados", tienen dos libros en los que figuran, aparte de una explicación de la LOGP (Ley Orgánica General Penitenciaria) y el RP (Reglamento Penitenciario), que la desarrolla; las formas de elaborar recursos de todo tipo para "defenderse en prisión" (uno de ellos, del jurista Julian Ríos Martín, se llama así: Manual de Ejecución Penitenciaria. Eefenderse en la cárcel) www.paraprofesionales.com/prods/Manual-de-ejecucion-penitenciaria.-Def, con plantillas incluidas. Y el otro está elaborado por abogados y juristas del entorno abertzale para los presos de ETA.
Estos manuales son más conocidos por los propios presos que por la mayoría de abogados que por lo general (letrados de oficio) se encargan de asistirles desde la misma detención por parte de los CFSE; a excepción… » ver todo el comentario
#4#5#6 Si, ya. Planteemos de nuevo la pregunta. ¿Esos atentados han sido reivindicados por ETA? Hace no demasiado consiguieron que se considerase como primera victima de ETA a una niña muerta al detonar una bomba en una estación, atentado no reivindicado por ETA básicamente porque ETA se formó uno o dos años después. Hubieron varios atentados en estaciones reivindicados por un grupo ajeno a ETA y, que casualidad, donde hubo un muerto se lo cargaron a un grupo que ni existía.
PS.
Mejor aún, mato a un empresario amenazado por cuestiones personales y llamo a protección civil desde una cabina, reivindicando la muerte en nombre de ETA ¿ETA negará la autoría si el muerto les caía mal?