#51 No es así. Te copio directamente:
"Durante este período se podrá rescindir la relación laboral por voluntad de cualquiera de las partes sin alegar causa alguna y sin preaviso, salvo pacto en contrario."
Y te paso la web de donde lo he sacado
https://www.legalitas.com/actualidad/periodo-de-prueba-contrato-de-trabajo#:~:text=%C2%BFQu%C3%A9%20pasa%20si%20me%20despiden,preaviso%2C%20salvo%20pacto%20en%20contrario.
Así que no. Sólo existe el concepto de despido nulo en periodo de prueba si la empleada está embarazada, en cuyo caso la carga de prueba cae del lado de la empresa
Problema? Va a mover la frontera un montón de kilómetros y luego los Pro-sionistas van a poner unos cuantos años de propangada, hasta que puedan repetir.
Vamos a tener películas sobre el 7 de octubre, los campos de concentración y piculs donde el villano es islamista hasta la náusea.