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#26 Si era cuestión de tiempo que alguien exaltado saliera ligado a esa cadena, lo estaban buscando y fomentando, tienen mucho peligro, todo ese odio, esa manipulación,....
#62 Es más divertido que muchos de los que pululan por aquí y que se toman a sí mismos en demasiada estima. Él no tiene la culpa de tener 20 de karma todos los días.
En fin, veo que la Izquierda, cuando no tiene argumentos sólidos, ha de pasar a las cuestiones "ad hominem".
#18 Tengo que darte la razón, fue modificada hace apenas un mes, pero es la ley en vigor, y es la que hay.
Que nos gusta, bien, que no nos gusta, pues ajo y agua. Son sus leyes.
Intentaba ser estricto en cuanto a lo acontecido y luego formulé una opinión personal.
Como nota de comparación, esto es lo que nos toca en España:
De conformidad con el artículo 503 LECrim, para acordar la prisión provisional es necesario, en primer lugar, que conste en la causa la existencia de uno o varios hechos que presenten caracteres de delito sancionado con pena cuyo máximo sea igual o superior a dos años de prisión, o bien con pena privativa de libertad de duración inferior si el imputado tuviere antecedentes penales no cancelados ni susceptibles de cancelación, derivados de una condena por delito doloso. En segundo lugar, es necesario que aparezcan en la causa motivos bastantes para creer responsable criminalmente del delito a la persona contra quien se haya de dictar el auto de prisión. Por último, también es necesario que la prisión provisional persiga alguno de los fines previstos en la ley. En este caso, es necesario acordar la prisión para asegurar la presencia del imputado en el proceso cuando pueda inferirse racionalmente un riesgo de fuga. Para valorar la existencia de este peligro se atenderá conjuntamente a la naturaleza del hecho, la gravedad de la pena que pudiera imponerse al imputado, a la situación familiar, laboral y económica de éste, en particular en aquellos supuestos en los que procede incoar el procedimiento para el enjuiciamiento rápido que se regula en el título III del libro IV de esta Ley.