A parte de las inexactitudes a las que se hace referencia en otros comentarios, no creo que la subida de los precios en la última década dependa del euro. Los precios en general subieron más entre 1989 y 1999 que entre 1999 y 2011. Por curiosidad he consultado la evolución del precio de la vivienda de alquiler y entre 1989 y 1999 subió un 97,9%, mientras que entre 1999 y 2011 ha subido un 54,2%.
En cuanto al salario de un camarero, si partimos de las tablas salariales de los convenios colectivos simplemente es falso que sólo se haya incrementado en 5.000 pts. (30 €) en los últimos diez años.
La verdad es que creo que las cosas nos iban peor con la peseta y antes de nuestra entrada en Europa.
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El artículo que comento dice lo siguiente: "(...)nos puede acusar de un concepto aún más ambiguo y maleable a gusto del consumidor: la discriminación indirecta. ¿Cuándo discriminamos indirectamente?
“Cuando una disposición, criterio o práctica aparentemente neutros ocasiona o puede ocasionar a una o varias personas una desventaja particular con respecto a otras”.
La redacción de esa frase desde un punto e vista legal es tan interpretable que si naciera de una república bananera diríamos (con razón) que se trata de una aproximación al totalitarismo (...)"
Esta definición no ha nacido en ninguna república bananera.
La encontramos, entre otras normas cuyo objetivo es acabar con la discriminación, en la DIRECTIVA 2000/78/CE DEL CONSEJO de 27 de noviembre de 2000 relativa al establecimiento de un marco general para la igualdad de trato en el empleo y la ocupación. En el art. 2, dedicado a definir lo que es discriminación se lee lo siguiente: "existirá discriminación indirecta cuando una disposición, criterio o práctica aparentemente neutros pueda ocasionar una desventaja particular a personas con una religión o
convicción, con una discapacidad, de una edad, o con una orientación sexual determinadas, respecto de otras personas (...)"