Ley 30/1979, de 27 de octubre, sobre extracción y trasplante de órganos.
Artículo 5
1. La extracción de órganos u otras piezas anatómicas de fallecidos podrá hacerse previa comprobación de la muerte. Cuando dicha comprobación se base en la existencia de datos de irreversibilidad de lesiones cerebrales y, por tanto, incompatibles con la vida, el certificado de defunción será suscrito por tres Médicos, entre los que deberán figurar, un Neurólogo o Neurocirujano y el Jefe del Servicio de la Unidad médica correspondiente, o su sustituto; ninguno de estos facultativos podrá formar parte del equipo que vaya a proceder a la obtención del órgano o a efectuar el trasplante.
2. La extracción de órganos u otras piezas anatómicas de fallecidos podrá realizarse con fines terapéuticos o científicos, en el caso de que éstos no hubieran dejado constancia expresa de su oposición.
3. Las personas presumiblemente sanas que falleciesen en accidente o como consecuencia ulterior de éste se considerarán, asimismo, como donantes, si no consta oposición expresa del fallecido. A tales efectos debe constar la autorización del Juez al que corresponda el conocimiento de la causa, el cual deberá concederla en aquellos casos en que la obtención de los órganos no obstaculizare la instrucción del sumario por aparecer debidamente justificadas las causas de la muerte.
#6 Por eso tienen que ir más allá y inscribir a todo Dios por defecto. España es líder mundial en trasplantes desde hace 24 años de forma consecutiva. Es quizá de lo que podemos estar más orgullosos.
#25 En la pregunta pone, sexo entre adultos que no se han casado.
#10#39 La nueva doctrina católica (aunque muchos la ignoran o desobedecen) es que no tiene nada de malo ser homosexual (que es lo que se pregunta), lo malo es tener sexo homosexual. Vamos que si eres gay, abstinencia. Por otro lado se sigue condenando el sexo fuera del matrimonio católico.
#1#3#8 etc. El problema es que se están mezclando conceptos. El SMI (o como se llame ahora) estipula un sueldo mínimo por hora (o por mes a jornada completa). En la noticia se está hablando de "salario mínimo [anual]", pero en el BOE dice que para jornadas inferiores a completa se percibe a prorrata (es decir, menos). Al final el concepto que manda es únicamente el de salario por hora.
Pero el hecho de hablar utilizando los conceptos correctos no cambia la cosa. La cuestión es que sí, que somos más pobres (pero no porque cobremos menos por hora, que también, sino porque tenemos menos trabajo).
Mi pareja (autónoma), por ejemplo, no pasa de 5000 €/año, y la mitad se va en pagar la puta cuota...
#1 El problema es que un tercio de los trabajadores cobran menos de 9.000 € anuales que es el salario mínimo anual. Esto es debido en su mayoría a que son trabajadores eventuales y/o a tiempo parcial.
En la EPA se refleja bien, y el dato que se debería usar es el numero de horas trabajadas totales anuales (es decir 1 trabajador 3500h anuales por 20.000.000 de trabajadores = lo que sea) el problema es que con los números grandes se pierde perspectiva y por eso se debería hacer de la siguiente manera ( 3500h trabajadas = 1 trabajador. 7000 = 2 sean hechas por dos trabajadores o por 7 a tiempo parcial).
Un último ejemplo sería realizar un contrato a todos los parados de 1h mensual. El paro con el sistema actual sería 0, pero como las horas trabajadas y sus respectivos sueldos son ridículos no tendríamos para comer y las cotizaciones, impuestos etc se hundirían (eso si, con paro 0).
Resumiendo es tan importante el numero de horas totales trabajadas como el numero de trabajadores en activo.