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meneandro

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  1. @meneandro Por favor déjame en paz de una vez. La cláusula 6 (a) de la GPL es muy clara: Si distribuyes un programa con esa cláusula has cumplido por completo y no tienes obligaciones latentes.

    Y si no me crees, consulta un abogado, pregunta a la FSF, pregunta en debian-legal, etc. pero déjame en paz, porque está claro que nada de lo que te diga te va a convencer.

    Nunca he metido a nadie en el ignore pero contigo voy a hacer una excepción porque esto ya pasa de castaño oscuro.
  2. @meneandro ¿qué consideras tú uso?

    Usar un programa significa ejecutarlo en algún ordenador. La distribución es distribución, no uso. La modificación es modificación, no uso. Y la copia es copia, no uso.

    Efectivamente, la licencia GPL dice que puedes usar el programa sin restricciones, se refiere a ejecutar el programa, y en una frase al principio han despachado por completo esa parte. Todo el resto de la licencia regula la distribución. Por eso dije antes que es sobre todo una licencia de distribución y no de uso, porque el uso no está regulado.

    Pero en todo caso, sigue siendo una licencia y no un contrato, pues no compromete al autor a nada. Distribuir un programa GPL y aplicar la cláusula (a) dando el código fuente a la primera no te compromete a nada después. Ya cumpliste con la licencia cuando distribuiste el programa.

    Y si no me crees, consulta con un abogado, pregunta a la FSF, pregunta en debian-legal, pero déjame tranquilo ya. Tus santos cojones no prevalecen sobre la GPL. Restituir copias de seguridad perdidas no es una de las obligaciones que establece la GPL, y la propia GPL dice que no puedes poner condiciones extra que se te vayan ocurriendo.
  3. @meneandro ¿Por qué cuando instalas una aplicación lo primero que ves es un "estos son mis términos, para poder usar el juego tienes que aceptarlos?

    Será lo primero que ves tú. A mí hace más de 20 años que no me salen mensajes de esos. El día que "apt-get install" me diga que debo aceptar una licencia de uso para usar el programa me tiro por la ventana.
  4. @meneandro ¿Por qué cuando instalas una aplicación lo primero que ves es un "estos son mis términos, para poder usar el juego tienes que aceptarlos?

    Porque el autor del programa, que inicialmente tiene todos los derechos sobre el programa, te permite usarlo bajo ciertas condiciones que debes aceptar. Eso sí es un contrato de uso, debes aceptarlo antes de usar el programa.

    Pero el software libre no va así. Si cae en tus manos, puedes usarlo para lo que tú quieras, sin ninguna restricción. Esto es lo que Stallman llama la "libertad 0". Lo único es que si quieres redistribuirlo, copiarlo o modificarlo debes atenerte a la licencia, pero el uso no está restringido de ninguna forma.
  5. @meneandro

    La GPL no es una licencia de uso. El software libre no tiene restricciones de uso. Ninguna. Si las tuviera, el software no sería libre.

    Si no tienes clara la diferencia entras las licencias de software libre, que son licencias de redistribución, y las licencias del software propietario, que suelen ser de uso, te recomiendo leer esto:

    www.gnu.org/licenses/gpl-faq.es.html#ClickThrough
  6. @meneandro

    Existe un contrato cuando usas una licencia, no confundas las cosas. Es lo que garantiza los derechos de cada parte cuando se usa una licencia...

    No. Un contrato es un contrato, y una licencia es una licencia. Un contrato es un compromiso entre dos partes, que deben firmar el acuerdo o expresar su aceptación de alguna forma (por ejemplo, marcar una casilla y darle a OK). Una licencia es una serie de condiciones que te permiten hacer ciertas cosas que en circunstancias normales no podrías hacer.

    La GPL, como indica la L del nombre, es una licencia, no un contrato, y está basada en las leyes del copyright. La leyes del copyright dicen que por defecto el autor se reserva todos los derechos. La GPL modifica eso para que quien reciba el programa pueda a su vez redistribuirlo con ciertas condiciones. Es el copyright, junto con la licencia, lo que te garantiza los derechos, no hay ningún contrato de por medio.

    Por aquí hablan del tema por si no estás de acuerdo con lo que digo:

    lwn.net/Articles/61292/
  7. @meneandro

    Mientras distribuyas tu programa, tienes deberes, que es lo que llevo diciendo desde el principio.

    Yo nunca he dicho que no tengas deberes cuando distribuyes el programa. Lo dice la GPL y lo sabemos los dos. El problema está en expresar eso usando la palabra "mientras". Esa palabra tiene sentido si distribuyes el programa por Internet, pero si distribuyes el programa en forma física una sola vez, de acuerdo con la cláusula (a) de la GPL, no hay "mientras". solamente hay "cuando", porque se ha cumplido con la GPL en esa distribución ya realizada.

    un caso específico y aislado que evidentemente no representa la generalidad

    La GPL dice en qué condiciones y cómo se puede redistribuir un programa, y no distingue entre casos particulares y casos generales. Esa distinción la haces tú para evitar tener que explicar por qué uno de los personajes podía demandar al otro en el ejemplo del que estábamos hablando los dos, a pesar de haber usado la cláusula (a).

    La licencia es un contrato de uso

    No. La GPL dice cómo se puede copiar, modificar y redistribuir un programa. El uso no tiene ninguna restricción. La GPL no es una "EULA".
  8. @meneandro Nunca he dicho que regalaras el programa. El programa sigue siendo copyright del autor. Regalas el soporte en el plano físico, y distribuyes el software en el plano legal, todo al mismo tiempo.

    En el caso que estábamos considerando, en que se aplicaba la cláusula (a) de la GPL en una única distribución, no existen obligaciones latentes de ningún tipo. Y por tanto, al contrario de lo que tú decías ("con todo el derecho del mundo"), no existe ni obligación legal de dar otro soporte, ni obligación legal de distribuir el software otra vez.

    Aunque la sal no sea software, se distribuye sin ninguna garantía, igual que el software libre.
    Si pierdes la sal es tu responsabilidad, igual que si pierdes el CD que contenía el código fuente. Puedes volver a por más sal o a por otro CD, pero si te lo dan es por deferencia, no por obligación legal. No estoy comparando la sal con un programa ejecutable. Estoy comparando la sal con una copia del código fuente de un programa GPL.
  9. @Idomeneo, confundes libre con gratis, al tiempo que confundes derechos y licencias de uso con soporte. No parece que tengas muy claro de qué estás hablando.

    Dicho esto, podéis seguir con vuestra discusión como si yo no hubiera dicho nada.

    @meneandro
  10. El software libre no tiene ninguna garantía. El software propietario suele tener como garantía lo que hayas pagado por él como máximo. En ese sentido se parecen bastante. Si un amigo te regala un CD con un programa GPL, incluyendo el código fuente como dice la GPL en su cláusula (a), y pierdes el CD, no tienes derecho legal a que te den otro (ni siquiera pagando tienes derecho). Podrás volver a pedírselo por la amistad que te une con ese amigo, pero en ningún caso demandarlo si no lo hace. (Es más, a mí un amigo me amenaza diciéndome que va a demandarme si no le doy otra copia y lo mando a freir espárragos, perdemos la amistad automáticamente). Me remito al ejemplo del vecino al que le das un poco de sal un día y te pide más al día siguiente porque se le cayó al suelo.

    (Para @meneandro que no ha dejado de marear la perdiz en toda una semana en un hilo que acaba de ser cerrado)

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