#1 pues la consellera de Justicia habrá tenido la culpa de no llamar a su jefe para preguntarle si estaba loco o iba a declarar el estado de alarma. Más allá, está fuera de sus competencias.
Pero tiene más delito que la delegada del gobierno no llamase al suyo para exigirle la declaración de emergencia de interés nacional, que sí es su competencia.
Artículo 29 de la Ley 17/2015, del Sistema Nacional de Protección Civil.
En los supuestos previstos en el artículo anterior, corresponderá la declaración de [emergencia de] interés nacional al titular del Ministerio del Interior, bien por propia iniciativa o a instancia de las Comunidades Autónomas o de los Delegados del Gobierno en las mismas. Cuando la declaración de emergencia de interés nacional se realice a iniciativa del Ministerio del Interior, se precisará, en todo caso, previa comunicación con la Comunidad Autónoma o Comunidades Autónomas afectadas, por medios que no perjudiquen la rapidez de la declaración y la eficacia de la respuesta pública.
Y el punto y final? No entiendo.
Y aquí ni pones las palabras completas: www.meneame.net/story/modificacion-reglamento-dominio-publico-hidrauli
Pero tiene más delito que la delegada del gobierno no llamase al suyo para exigirle la declaración de emergencia de interés nacional, que sí es su competencia.
Artículo 29 de la Ley 17/2015, del Sistema Nacional de Protección Civil.
En los supuestos previstos en el artículo anterior, corresponderá la declaración de [emergencia de] interés nacional al titular del Ministerio del Interior, bien por propia iniciativa o a instancia de las Comunidades Autónomas o de los Delegados del Gobierno en las mismas. Cuando la declaración de emergencia de interés nacional se realice a iniciativa del Ministerio del Interior, se precisará, en todo caso, previa comunicación con la Comunidad Autónoma o Comunidades Autónomas afectadas, por medios que no perjudiquen la rapidez de la declaración y la eficacia de la respuesta pública.
Denunciado por acoso.