Desde el punto de vista de los guías turísticos, no existe vulneración de derechos recogidos en los Reglamentos europeos, ni en el propio derecho laboral italiano. el modelo disruptivo de los Free Tours, como servicio de la sociedad de la información que es, está amparado por el derecho comunitario vigente. Que el usuario de free tour decida el precio del servicio es plenamente compatible con el derecho de la competencia.
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