Un hombre de 30 años y nacionalidad colombiana, que se enfrentaba a una pena de once años de prisión por un delito continuado de abusos sexuales a persona menor de 16 años con acceso carnal, no deberá finalmente cumplir ni un solo día entre rejas al llegar a un acuerdo de conformidad las partes. El tribunal ha tenido en consideración el artículo 183 quater del Código Penal, que contempla «el consentimiento libre del menor de dieciséis años cuando el autor sea una persona próxima al menor por edad y grado de desarrollo o madurez».
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