“La negativa de las activistas a bajarse de la grúa constituye la materialización de su protesta pacífica”. Según la magistrada, pretender que dicha negativa sea constitutiva de delito de desobediencia grave supondría no solo una afectación del derecho fundamental, sino una limitación de su ejercicio”: criminalizar la protesta supondría un “devastador efecto desaliento y desincentivador tanto sobre las personas sancionadas como sobre la colectividad en el ejercicio de una libertad pública sin la que no puede entenderse la democracia".
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