El centro incumplió su obligación de compromiso en el aprendizaje del estudiante, causándole unos perjuicios morales directamente vinculados a esa conducta. La Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife, en una sentencia de 30 de enero, condena a un colegio a indemnizar a un exalumno con altas capacidades al que no dispensó la atención específica que requería. Por ello, fija la indemnización en la suma de 75.000 euros, con los correspondientes intereses legales.
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Y en Murcia a unos violadores de niñas les condenan a 2.000 euros de indemnización.
Desde luego la justicia española es de reír por no llorar.
Por otro lado, el tema de ser discriminado por ser rubio y tener coleta es curioso, si.