El Impuesto al Patrimonio (IP) es un tributo que grava el conjunto de los bienes, la capacidad económica diferenciada de la renta de las personas. El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), como su nombre indica, grava la renta. IP e IRPF no son incompatibles y sí complementarios. (Santiago González Vallejo es economista de la Unión Sindical obrera (USO). Rebelión ha publicado este artículo con el permiso del autor mediante una licencia de Creative Commons, respetando su libertad para publicarlo en otras fuentes)
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