El Estado de Alarma que será convalidado mañana establece una amplia potestad de la Administración de prohibir manifestaciones y reuniones, en lugares públicos y privados, bajo pretexto sanitario, para a continuación aclarar que esta medida «no afecta a actividades laborales ni institucionales». El derecho de manifestación quedaría virtualmente suspendido por el plazo de seis meses, y supeditado al preceptivo régimen de «autorización previa«, a diferencia del régimen anterior a la alarma sanitaria, que era de «comunicación previa«.
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