Los magistrados que así lo resuelven no han tenido que revisar el caso ni consultar la jurisprudencia. Les ha bastado con acudir al nuevo Código Penal y observar si el ilícito del que eran acusados los apelantes sigue figurando entre sus artículos. Si no es así, la revocación del fallo es automática. No son pocos los burgaleses que desde el 1 de julio -cuando entró en vigor la reforma del Código Penal- se han beneficiado de su aplicación.
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