Más vale prevenir que lamentar así que, ante las posibilidad de que el PP y afines logren finalmente impedir que partidos políticos, sindicatos y entidades vinculadas a las fuerzas políticas puedan ejercer la acusación popular para denunciar comportamientos delictivos y casos de corrupción política que indignan a la ciudadanía, debemos, no solo argumentar, sino tratar de ganar la batalla mediática que impida una reforma del todo punto inaceptable. La acusación popular se recoge en el artículo 125 de nuestra Constitución Española.
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