Sólo requiere cambiar el artículo 180 de ese texto para establecer que cuando una candidatura obtenga la mayoría simple “y haya superado el 40% de los votos válidos emitidos en la circunscripción y supere, al menos en cinco puntos porcentuales a la siguiente candidatura, obtendrá automáticamente la mitad más uno de los puestos de concejal en el Ayuntamiento".
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