El Gobierno Rajoy aprobó la Ley 2/2015, una reforma penal pactada con los socialistas que elevaba las penas contra los atentados yihadistas aunque introducía un tipo atenuado (un castigo más leve) por “la menor entidad” del delito de terrorismo. Pero olvidó introducir en la norma una disposición transitoria que condicionaba la revisión de penas. Cuando varios reclusos pidieron al Supremo que les aplicasen con carácter retroactivo la nueva norma el Supremo ratificó que daba igual y se aplicaba la disposición transitoria de la norma anterior.
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