El TS confirma así las sentencias de la Audiencia provincial que absolvieron a todos los acusados, por los supuestos delitos de asociación ilícita y tenencia ilícita de armas, por falta de pruebas, tras declarar que las intervenciones telefónicas, en las que tenía su origen todo el material probatorio, se acordaron vulnerando el derecho fundamental al secreto de las comunicaciones.
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