El Tribunal Supremo (TS) ratifica que los interinos a los que la Administración les despide tras años de encadenar contratos porque se ha cubierto su puesto con otra persona que aprobó la oposición tienen derecho a una indemnización de 20 días con el límite de doce mensualidades, aunque hayan sido contratados inmediatamente después del despido para otro puesto.
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