¿Trabajas online? Tienes tres meses para adaptarte a la ley (o ver tu empresa disuelta). A partir del próximo 1 de julio habrá muchos cambios en materia de delitos informáticos. Las compañías no serán responsables de los cometidos por sus trabajadores si cumplen con el artículo 31 del nuevo Código Penal, cuyo apartado 2.1 dispone que no lo serán si se ha adoptado y ejecutado con eficacia, antes de la comisión del delito, "modelos de organización y gestión que incluyen las medidas de vigilancia y control": auditoría de compliance.
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