Hace 12 años | Por joki24 a eldiariomontanes.es
Publicado hace 12 años por joki24 a eldiariomontanes.es

El rápido e inusitado crecimiento y la rápida expansión de los negocios propiedad de ciudadanos chinos es algo que a todo el mundo intriga y llama la atención. Produce extrañeza y rara admiración su

Comentarios

M

En el artículo pone La China está cerca.
China (la primera en mayúsculas), que sino uno piensa en otra cosa

powernergia

El articulo es totalmente falso, y cita el convenio entre España y China para evitar la doble imposición, pero luego saca conclusiones que nada tienen que ver con el citado convenio, como la falsedad de que los comerciantes chinos, tienen 7 años de exenciones fiscales en España.
Los comentarios al articulo, son afortunadamente muy clarificadores.

t

#4 Será por eso que han eliminado todos los comentarios del artículo, debían dejar en evidencia al periódico.

Errónea entonces.

p

Ya he visto tiendas de todo a cien de chinos que han cerrado y algún bar que ha pasado a otros propietarios.
No es oro todo lo que reluce.

iramosjan

Y dále con la basura xenófoba. Sencillamente, es mentira.

El acuerdo en cuestión, origen de la leyenda

http://www.boe.es/boe/dias/1992/06/25/pdfs/A21493-21498.pdf

Podéis dejaros las cejas si queréis. A ver si encontráis la famosa tontería de que los comercios abiertos por chinos están exentos de pagar impuestos.

Lo que realmente dice es lo contrario, una y otra vez, por ejemplo en el artículo 24,

2. En China la doble imposición se evitará de la siguiente forma:
a) Cuando un residente de China obtenga rentas en España, el
importe del impuesto sobre estas rentas que debe pagar en España con
arreglo a las disposiciones del presente Convenio, puede deducirse del
impuesto 'chino debido por este residente
. Sin embargo, esta deducción
no puede exceder del importe del impuesto chino sobre estas rentas
calculado de acuerdo ,con la normativa que rige la imposición en China..
b) Cuando las rentas obtenidas en España sean dividendos pagados
por una Sociedad residente de España a una Sociedad residente de China
y que posee al menos el 10 por 100 de las acciones de la Empresa
pagadora de los dividendos, la deducCión tendrá en cuenta el impuesto
sobré la renta pagado en España
por la Soc'iedad pagadora de los
dividendos.

Ah, y hay que ser rematadamente imbécil para escribir esto, por si fuera poco

"Los Acuerdos son claramente perjudiciales y discriminatorios para los nacionales españoles, además de ser flagrantemente inconstitucionales al atentar contra el art.14 de la Constitución de 1978, que proclama la igualdad de los españoles ante la ley. Y es que estos Acuerdos hispano-chinos conceden unos privilegios fiscales excesivos a unas personas que no tienen la nacionalidad española."

¿Qué parte de "todos los españoles" no le da la gana entender al autor? Los extranjeros no son iguales que nosotros ante la ley... pero practicamente siempre para peor.

El_otro_ojo_de_Alecto

Amén de bazares, restaurantes, bares de tapas y peluquerías, los oficios más raros que yo he visto que ejerza un chino en España son profesor de autoescuela y taxista. ¡Un taxista chino!