Viernes 4 de Mayo, 19:44 horas, se recibe un FAX por parte de la Delegación del Gobierno, limitando el horario de manifestación en Sol. Tenemos 48 horas hábiles para presentar el recurso. Lunes, 7 de Mayo, Juzgado de Guardia de Plaza de Castilla, 19:05 se abre diligencia contra la decisión de la Delegación del Gobierno, el plazo terminaba a las 19:44. Cuatro días más tarde y con el apoyo del fiscal, el TSJM rechaza el recurso: "por estar fuera de plazo".
Comentarios
de posible nada que esta documentado y con testigos. Otra cosa es que alguien de "la ley" este de acuerdo o no.
Es como cuando se muere alguien en la calle y todos dicen: esta muerto.
Salta uno y dice: hasta que no venga el forense y lo certifique no.
Pues eso.
#1 #3 Presunta, la palabra que buscabais es presunta.
Para #7. De 'presunta' nada. Goto #3.
#8 Hasta que un juez lo dictamine, efectivamente es presunta solamente... La diferencia con el ejemplo del muerto es que efectivamente no está LEGALMENTE muerto hasta que lo certifica un doctor...
#0 La he meneado a pesar de que has cambiado el titular "Grave error" por "prevaricación".
Es una forma de boicotear la noticia, haciendo microbloggin, la conviertes en errónea o sensacionalista y dando sobradas razones para que le voten negativo.
Deberías pedir en la fisgona que lo corrija alguien que pueda.
Acaba de salir la resolución y pone: "bien jugado señora Cifuentes!"
La jugada perfecta:
La comunicación de la reunión se realiza el lunes 1 de mayo por FAX a las 09:30h. El plazo para que la Delegación del Gobierna responda es de 72h naturales según el art. 10 de la Ley Orgánica 9/1983. Eso significa que antes de las 9:30h de la mañana del jueves día 3 se debía de haber resuelto por parte de la Delegación. Sin embargo la resolución se recibe por FAX a las 19:44h del viernes 4, por lo que ocurren dos cosas: 1) Se interpreta de forma flexible por parte de TODOS que los festivos día 2 y 3 no son hábiles, por lo que la Delegación necesita 2 días más para preparar la comunicación. 2) Al recibir la comunicación un viernes a última hora, es casi imposible conseguir un abogado y un procurador un sábado-domingo, por lo que se entra en indefensión. Por ello, existe una clara irregularidad al no ser considerado con el mismo trato de flexibilidad a la Delegación del Gobierno y al particular.
#24 Tu comentario, en mi opinión, merece ponerse en un blog y menearlo hasta que llegue a portada.
Que todo el mundo sepa que el plazo que venció es el de la respuesta de la delegación del gobierno, por tanto, por silencio administrativo, la reunión se debe aceptar en las condiciones comunicadas, sin restricciones.
Ya sabemos todos de sobra de que pie cojean los tribunales de justicia de las comunidades gobernadas por el PP, son muy "justos"
Y hay testigos...
Me parece que ese caso se va a llevar por delante a algún juez del TSJ, además de a Cifuentes...
Me quedo con este comentario:
Por cierto la jugada de convertir un acto de desobediencia en una concentración legal es algo de lo que no todo el mundo participa. Y la elección sobre el ejercicio de un modelo de protesta u otro ha quedado vetado por vuestra solicitud. Bastante paracaidista, por cierto.
Esa persona ha comunicado su acto de forma personal. Yo no me siento vinculado a esa comunicación. Por tanto tampoco debe sentirse vinculado a esa limitación. El 15M no es un grupo formalizado, es un sentimiento colectivo. Y lo que nos saca a la calle es un sentimiento colectivo. ¿Cómo se comunica eso? ¿Cómo puede el Gobiernno limitarlo? Lo hace con amenazas al común de los ciudadanos, a pesar de ser un comportamiento autoritario, pero poco más puede hacer. Eso es lo que les saca de quicio. No puede luchar contra un sentimiento arraigado en millones de españoles.
Yo le cambiaría el título a "posible prevaricación" como mucho, no se ha condenado a nadie.
#1 Un secretario del tribunal extiende el brazo para pasarles el expediente del juicio tanto al Fiscal como al Abogado del Estado. Inmediatamente después de eso, tanto el Fiscal como el Abogado del Estado admiten que teníamos razón: que el recurso sí había entrado dentro de plazo.
No hay nadie condenado, pero si esto fue así, desde luego que lo fue.
#6 #9 si no digo yo que no, el primero que le dijo al grupo pluralista que denunciara por prevaricación fuí yo, pero aquí por este tipo de titulares te tiran la noticia por microblogging o sensacionalista.
Y puede tratarse de un error de los jueces o alguien del tribunal, ya veremos que pasa
#1 Cuando no lo condenen también sera prevaricación.
#1
La prevaricación, o prevaricato, es un delito que consiste en que una autoridad, juez u otro funcionario público dicte una resolución arbitraria en un asunto administrativo o judicial, a sabiendas de que dicha resolución es injusta.1 Es comparable al incumplimiento de los deberes de funcionario público.2 Dicha actuación es una manifestación de un abuso de autoridad. Está sancionada por el Derecho penal, que busca la protección tanto del ciudadano como de la propia Administración. Para que este delito sea punible, debe ser cometido por un funcionario o juez en el ejercicio de sus competencias.
Es prevaricación. PUNTO.
Ahora falta que lo condenen por ello.
#1 Pues yo cambiaría "prevaricación" por "privatización"... en este caso viene a ser lo mismo...
Tribunal Superior
de Justiciade Madrid.Creo que sobra ese cacho.
La iba a votar de "sensacionalista".
El titular y la entradilla no reflejan el contenido de la noticia,solo parte de ella.
Tal y como dice la noticia:
" Inmediatamente después de eso, tanto el Fiscal como el Abogado del Estado admiten que teníamos razón: que el recurso sí había entrado dentro de plazo."
Por lo visto no les habia llegado la comunicacion de que el lunes por la tarde habian presentado el recurso.
Tanto el titular como la entradilla hacen creer que el asunto no ha sido resuelto.
#14 Relee la noticia. Esa conversacion es anterior al fallo. Ya hay decision y no se acepta el recurso por estar fuera de plazo (extemporáneo es el término que usan).
Silencio administrativo significa aceptación
De toda la fucking life
Otra irregularidad que comentan es que la notificación que hicieron al recurrente podría no ser válida, porque éste no la recibió en mano (no la firmó). Con lo que la extemporaneidad podría no ser aplicable.
La resolución del fallo que ha salido esta mañana se argumenta que el domingo se computa para el plazo de las 48h. Es totalmente anormal porque al parecer no se contabilizaron los festivos día 1 y 2 de mayo! Es sorprendente!
Esto NO da la razón a ESPE!
Ruego a los admin q modifiquen el titulo por "Presunta prevaricación..." Muchas gracias!
¿Donde están la separación de poderes? como la democracia de vacaciones.
De todas formas es una pena que por un quítame ahí esos papeles nos olvidemos de lo importante: este fin de semana va hacer muy buen tiempo y, sólo por ése motivo, igual nos apetece a todos hacer honor a nuestro carácter alegre y callejero y nos juntemos en unas cuantas plazas.
No se puede ocupar una via publica ni acampar en ella porque a cuatro gatos se les haya metido entre ceja y ceja que si, así que manifestaciones las que se quieran, pero secuestrar la libertad publica de todos los ciudadanos no. Las calles son de todos y nadie tiene derecho a acampar en ellas. Lo unico que busca esta gente es montar follon y algarada, porque no les gusta que las cosas se estén haciendo bien, no les gusta el esfuerzo y el sacrificio, no les gusta ni estudiar ni trabajar. Lo quiere todo en la manita sin un minimo de esfuerzo por su parte y que los españolitos seamos los paganinis. Ya esta bien de tanto cachondeo.
#11 A tu cueva.
#11 entonces si lo que dices es cierto... FUERA PAPA, FUERA SINTEL, FUERA MANIFESTACIONES DE LAS FAMILIAS, FUERA MANIFESTACIONES ULTRADERECHA, FUERA MANIFESTACIONES CONTRA ETA, FUERA MANIFESTACIONES 11M....,ya puestos FUERA TÚ DE LA CALLE "Ya esta bien de tanto cachondeo". no hay más sordo que el que no quiere oír, ni más ciego que el que no quiere ver
#11 el TS ha avalado en varias ocasiones el derecho de ocupar la vía pública de forma ininterrumpida durante días/semanas siempre que no se altere el orden, el derecho de reunión no está sometido a ningún tipo de duración limitada.
El resto de tu comentario ni me molesto en rebatirlo porque es bastante patético.
#11 Las calles son de todos y nadie tiene derecho a acampar en ellas.
Curioso argumento este que das; como ES de TODOS, NADIE tiene derecho a acampar. Yo pensaba que el que la calle fuese de todos significaba que todos podían acampar, en lugar de lo contrario.