El Tribunal Supremo ya dejaba claro que la gran mayoría de cláusulas suelo existentes en los préstamos hipotecarios eran nulas por falta de transparencia. Fue entonces cuando se elevaron «sendas peticiones de decisión prejudicial» ante el (TJUE). Para entendernos: varios juzgados solicitaron al TJUE que confirmara si lo que decía el Supremo era conforme al Derecho Comunitario. En su fallo el TJUE viene a decir que una cláusula nula no tener ninguna consecuencia para el consumidor. Ninguna es NINGUNA. Entonces, ¿En qué me afecta la sentencia?
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