Los únicos descuentos válidos son de salario y Seguridad Social. Jamás de días de vacaciones porque el Estatuto de los Trabajadores indica que todas las vacaciones son en fechas de mutuo acuerdo y que el trabajador tiene derecho a conocer las fechas de vacaciones con dos meses de antelación. En cuanto a recuperar las horas perdidas por huelga o cierre de la empresa o cambiarlas de día tampoco es posible al ser una modificación colectiva del horario de trabajo que se debe de someter a un periodo de consultas.
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