edición general
11 meneos
106 clics

Elecciones en Madrid el martes 4 de mayo, día laborable: ¿qué permisos tienen los trabajadores para ir a votar?

El Real Decreto 605/1999, de 16 de abril, de regulación complementaria de los procesos electorales, recoge que la Administración del Estado o las Comunidades Autónomas y las administraciones públicas deben tomar las medidas precisas para que los que trabajen el día de las elecciones puedan "disponer de un horario laboral de hasta cuatro horas libres" para ejercer su derecho al voto. Además, estas horas tienen que ser remuneradas.

| etiquetas: elecciones , madrid , día , laborable , permisos , trabajo

menéame