En España se administran tratamientos enmascarados en la comida a personas con enfermedades mentales, se les inyectan fármacos de larga duración sin informarles, e incluso con su reticencia, y no se solicita al juzgado la autorización necesaria para obligarlos a someterse a un tratamiento involuntario. La Ley Básica de Autonomía del Paciente reconoce que toda actuación en el ámbito sanitario requiere del previo consentimiento del paciente y que todo enfermo tiene derecho a negarse al tratamiento. Un principio que no siempre se aplica.
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