A partir del próximo 10 de noviembre, entran en vigor el Decreto-Ley 288 y varias resoluciones ministeriales complementarias relacionadas con la compraventa, permuta, donación y adjudicación de viviendas entre personas naturales cubanas con domicilio en el país y extranjeros residentes permanentes en la Isla. Estos nuevos recursos legales eliminan las autorizaciones previas de las direcciones municipales de la Vivienda y ratifica que solo se podrá ser propietario de una vivienda como residencia permanente y otra en zonas de descanso o veraneo.
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