El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) emitió una sentencia en la que permitieron a una pareja de autónomos deducirse el 50% de los gastos de suministro de su hogar, ya que utilizaban la mitad de la vivienda como despacho profesional. La decisión del tribunal andaluz sienta jurisprudencia sobre lo que, hasta ahora, no se consideraban gastos deducibles y sienta las bases para que los autónomos puedan deducirse los gastos del hogar en el mismo porcentaje de uso de la vivienda para el desarrollo de la actividad profesional.
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