#9 para tu tranquilidad, normalmente, los juicios celebrados con jurado popular, suelen ser recurridos y juzgados en segunda instancia por un tribunal profesional.
Por otro lado, como dice #10, esta gente, el jurado popular,suele ser designado por sorteo y después cribados por los abogados de la defensa y acusación. (A no ser que se haya modificado todo esto).
#26 no, bueno imagino que te refieres a motivo de nulidad, de anualidad tampoco.
Si los juzgan fuera de Cataluña, que es lógico tienen que hacerlo en español si se le exige.
#9 Más que subnormales, gente obligada a ello. A mi me apuntaron en una especie de lista desde 2023 hasta finales de 2024 y pueden llamarme en cualquier momento para ser jurado, no lo solicite, creo que es por sorteo o algo así.
#4 sobre todo ahora que hay que cumplir con las cuotas.
Me compadezco de ti por los negativos, aquí estos comentarios basados en hechos no gustan demasiado
#32 Lo de la malversación, me dejó de piedra. Dieron por hecho que la había, sin demostrarla ni cuantificarla, en la Sentencia encaron ese trabajo al Tribunal de Cuentas, para después de dictar la Sentencia. El Tribunal de Cuentas, ya sin tener que probar la malversación y fiel al TS dictaminó unas cifras apropiadas para sostener la Sentencia.
#10 Estaría bien tener datos al respecto, pero parece que no hay mucho interés en recabarlos o en difundirlos. Parece ser que mucha gente eso lo consideraría racista.
#8#23 La Fiscalía acusaba de rebelión, cosa que también hacía la acusación popular, pero la Abogacía del Estado la acusación que hacía era de sedición.
Aparte, tanto Fiscalía, como Abogacía del Estado, como acusación popular planteaban una acusación por malversación de fondos públicos.
En el juicio se presentan las pruebas (testificales, periciales, y documentales), y con eso tanto las acusaciones como las defensas presentan sus informes de conclusiones al tribunal.
#26 Efectivamente, el problema es que habia que imputarlos por rebelión aunque no encajara para nada para poder llevarselo a Madrid porque el TSJC no hubiera juzgado correctamente...
#11 Llarena no juzgó absolutamente nada, él es el instructor de la causa.
Quienes juzgaron fueron Manuel Marchena, Andrés Martínez Arrieta, Luciano Varela, Ana Ferrer, Juan Ramón Berdugo, Antonio del Moral, y Andrés Palomo.
#18 Nunca se hace tal contraste. Los vídeos corresponden a la práctica de la prueba documental, y las declaraciones de testigos corresponden a la práctica de la prueba testifical. Si un testigo falta a la verdad, se hace notar en los informes de conclusiones, e incluso se puede pedir responsabilidad penal.