#22#23 Lo que tienen que hacer es ir al juzgado. Incluso aunque se pudiera interpretar que al no estar en la vía pública podríana cogerse al derecho de honor y a la propia imagen —ya que la excepción en la norma habla de casos de interés público en lugares públicos, la calle por ejemplo— , cosa que dudo porque aunque no sea la calle tampoco es un lugar completamente privado y además se trata de una situación de interés público, la extralimitación en las funciones —como el golpear la cámara— les hace en teoría perder la consideración de agentes en esa situación.
Recomiendo leer la sentencia judicial de absolución a una ciudadana que también grabó parte de un desahucio y al que los agentes golpearon la cámara. Aquí transcribo el fragmento final, aunque merece la pena leerla entera (antes de este fragmento el juez ofrece jurisprudencia diversa sobre la extralimitación de los agentes en el servicio de sus funciones y que eso con lleva la pérdida de consideración de agentes en un juicio):
«(...) En el presente caso se observa en el vídeo cómo los agentes llevaron a cabo una actuación que carecía de cobertura legal, pues ni existe prohibición de filmar en el espacio púlico, ni la imagen de los agentes; así, cabe hacer referencia a la STC 72/2007 de 16 de abril, que en un caso similar al aquí cuestionado, y ponderando los derechos a comunicar y recibir libremente información veraz, y a la propia imagen, afirma que "...el derecho a la propia imagen no es absoluto o incondicionado, de suerte que existen circunstancias que pueden dictaminar que la regla general conforme a la cual es al titular de este derecho a quien, en principio, corresponde decidir si permite o no la captación y difusión de su imagen por un tercero, ceda a favor de otros derechos o intereses constitucionalmente legítimos, lo que ocurrirá en los casos en los que exista un interés público en la captación o difusión de la imagen y este interés público se considere constitucionalmente prevalente al
En siria llevan 3 anhos de guerra civil. Una guerra en la que Arabia Saudi, Israel, Turquia y EEUU han estado metiendo cantidad de dinero y material.
Poco despues de empezada esta guerra, los EEUU se retiraron de Iraq, tipo Zapatero.
La guerra no va del todo bien para los intereses de EEUU y satelites (gobierno amigo, control de las rutas de petroleo y gas, bases militares...). El ejercito rebelde empieza a ser sustituido por milicias islamistas, china se mosquea, rusia se encabrona y ya no hay manera de salir de ahi. El dinero y el equipamiento siguen llegando.
Hace unos meses, un grupo con el rocambolesco nombre de "Estado islamico de irak y levante", comandado por un tal "Califa de Baghdad" se cabrea con al-Qaeda, que los llama "demasiado radicales". Se matan un poquito entre ellos.
Hace dos dias, este grupo abandona sus posiciones en siria y emprende lo que no tiene otro nombre que una blitzkrieg hacia baghdad, mientras el ejercito iraqui huye en desbandada.
Muchos nos preguntamos, pero esto que cojones es? Obama se queda con la misma cara que churchill cuando sus muchachos le dicen desde dunkerke que si les hace el favor de ir a buscarlos.
3 dias despues, el isis amenaza baghdad. El ejercito iraqui ni esta ni se le espera. Los kurdos, que ya eran un estado dentro del estado, toman kirkuk, la primera ciudad petrolera de Iraq. En perspectiva es un poco como si, aprovechando una guerra civil entre madrileños y catalanes, los vascos tomaran logroño por aquello de la unidad de euskal erria y tal.
El presidente de iraq es chii, porque en iraq hay chiies a cascoporro. Al ver que sus soldados sunnies pasan de el, le pide ayuda a iran. Ahora mismo un numero indeterminado de tropas iranies estan en no se sabe que lugares de iraq, luchando contra un conglomerado nacional de sunies pagados por Arabia Saudi (con toda probabilidad). El ejercito iraqui ni esta ni se le espera.
Entonces EEUU, que ya no esta en iraq, que es enemigo de iran, que es aliado de arabia saudi, tiene que decidir si bombardea, a quien bombardea, en que sitio y que donde esta la camara oculta.
A todo esto el petroleo iraqui ya no creo que este saliendo del pais. Lo que puedan sacar los kurdos. Mañana las bolsas van a ser un poema.
#6 Ya. Pedro jETA es básicamente un oportunista sin ideología ni verguena. Esto es lo que él pensaba y promovía en los 80 (y ojo, no es que pidiera nunca disculpas por ello):
“A las bestias se las encierra tras los barrotes más gruesos que existan en la celda. Para ello, primero se las caza mediante todo tipo de tretas. Y si en la aventura muere alguna, mala suerte (o buena suerte). La muerte de ETA es nuestra vida. No hay derechos humanos a la hora de cazar el tigre. Al tigre se le busca, se le acecha, se le acosa, se le coge y, si hace falta, se le mata. Podrían caer cincuenta etarras en combate y las manos de España continuarán limpias de sangre humana… A los policías que disparen contra ellos se les recibirá como a valientes…”.
Pedro J. Ramírez, 23 de marzo de 1981 (Diario 16)
“ETA militar es una siniestra camada que España necesita exterminar. Todos los medios represivos al alcance del poder deben ser empleados en una batalla sin misericordia. La lucha contra ETA debe plantearse como una campaña de desratización, aplicando una serie de técnicas tan viejas como la historia del mundo”.
Pedro J. Ramírez, 15 de abril de 1981 (Diario 16)
“A Barrionuevo no habría que cesarle por estar consintiendo acciones irregulares en el sur de Francia, sino por cosechar tan pocos éxitos, a pesar de la infinita buena voluntad con que ejerce el cargo. ¿Existe alguna fuerza política o social de cierta relevancia dispuesta a reclamar la cabeza de González por esta circunstancia? Desde luego que no”.
Pedro J. Ramírez, 23 de octubre de 1983 (Diario 16)
“Hay que cerrar filas en torno a este buen Gobierno que tenemos formado por hombres competentes y patriotas. (...) Sus aciertos en la lucha antiterrorista deben recibir aplauso, y sus errores comprensión. (...) El Estado español tiene legitimidad moral para recurrir a métodos irregulares”.
Pedro J. Ramírez, 1983 (Diario 16)
“El GAL no existiría si ETA no hubiera asesinado a más de quinientos ciudadanos de toda condición en España. Ni el Batallón Vasco-Español, ni la efímera ATE, ni ahora el GAL pueden igualar el siniestro balance de víctimas de ETA”.
“Si los veintitantos que esta vez han conseguido escabullirse sienten en los próximos tiempos el acoso no solo del GAL, sino también de la Gendarmería, va a ser muy difícil seguir planeando atentados al otro lado de la frontera. Por fin los hechos demuestran que hay alternativas eficaces a la frustrante exhortación a la paciencia que era endémica en nuestra clase política”.
Pedro J. Ramírez, 15 de enero de 1984 (Diario 16)
Después en los 90 se sacó los GAL de la manga cuándo ya habían 12 años que se habían disuelto para ajustar cuentas con FP, no por amor al periodismo o los DH.
Yo hace un par de años les reclamé dos comisiones por descubierto que me habían cobrado. La directora del banco me dijo: "No pierdas el tiempo, desde que estoy aquí no le han devuelto a nadie comisiones por descubierto".
Claaaaaaaaaaaaaro.
Casi un mes después me las tuvieron que devolver.
¿La clave? No pueden cobrarlas si antes no hay una comunicación fehaciente por parte del banco. O sea, no vale con una llamada telefónica, una carta ordinaria, etc. Lo han de hacer mediante burofax, y como no se quieren gastar el dinero en el burofax cobran sabiendo que el usuario no va a recurrir.
Yo lo hice y me devolvieron unos cincuenta euros.
La carta tipo que podéis usar:
Muy Sres nuestros,
Me dirijo a ustedes como titular de la cuenta XXX XXXX XX XXXXXXXXXX, abierta en la sucursal XXXX de (población y provincia), al objeto de reclamar la devolución de las siguientes comisiones cobradas indebidamente y que detallo a continuación;
En base a la Orden ECO/734/2004 de 11 de marzo, sobre los departamentos y servicios de atención al cliente de las entidades financieras (publicada en el Boletín Oficial del Estado de 24 de marzo de 2004, en exponer los Hechos (comisiones , fechas,.. ) y en SOLICITAR SE LE MUESTRE al cliente:
1- gastos de reclamación de saldo deudor, cobrados de forma periódica desde la apertura de la cuenta, por diversos importes, siendo los últimos de XX euros. Entiendo que dichas comisiones no se corresponden con un servicio efectivamente prestado (norma tercera de la circular 8/1990 del Banco de España) ya que dicho descubierto se regularizaron sin que mediara reclamación alguna por su entidad más allá del cargo en cuenta de los controvertidos “gastos de reclamación".-
1_ Apartado del contrato que autorice al cobró de estas comisiones así como los intereses deudores que se le viene cargando mensualmente.
2_ Se acredite la existencia efectiva de gestiones de reclamación realizadas al cliente, para el cargo de comisión de reclamación de descubierto.
3_ Sea acreditado en el folleto que la comisión no puede reiterarse en la reclamación de un mismo saldo o cuota, por gestiones adicionales realizadas por la entidad con el mismo fin.
Por todo ello, el cliente, se persona ante este organismo para pedir una aclaración, en ésta operación, así como se den las instrucciones necesarias para que un su caso sea devuelta la cantidad de XX euros.
Les agradeceré que me contesten en el plazo de 2 meses estipulado por la normativa del Banco de España, ya que de lo contrario me veré obligado a presentar mi reclamación ante dicha entidad, con las molestias que esto conlleva.
Mano de santo. Los cincuenta lereles vinieron de vuelta
Esto no es la solución, pero en plan masivo, sería un gran paso:
Cómo apostatar: La apostasía en seis pasos.
Soy una chica de Madrid que realizó la apostasía en enero de 2010 y he escrito este artículo explicando los pasos para tramitarla de maner efectiva según mi propia experiencia. Te aseguro que es un proceso rápido y sencillo si segues rigurosamente los pasos. Es pura burocracia pero la sensación de tener el certificado de apostasía en tus manos y sentirte oficialmente fuera de esta institución sexista, fascista y homófoba es inigualable. Te animo a que lo hagas. Puedes tenerlo en una semana con poco esfuerzo.
PASO 1. Y quizá el más importante.
Mucha gente se salta este paso y luego no consigue la apostasía. Ármate de paciencia: es muy posible que tengas que tratar con curas muy pesados pero si realmente has decidido salir no te va a parar nada ni nadie. ¿Tu determinación es firme? ¿Seguro? Pues empecemos a trabajar.
PASO 2. Consigue la partida de bautismo.
Tienes que saber dónde te bautizaron (lo sabrá tu familia más cercana). Una vez que tengas localizada la parroquia ve -o llama- y solicita tu partida de bautismo. Si te preguntasen para qué, puedes decir que para casarte, para confirmarte, para entrar de catequista en tu parroquia actual… Imaginación al poder. Si dices que para apostatar, también te la deben dar, pero si quieres evitarte largas discusiones y consejos mejor no lo hagas. Aunque de todas formas lo más probable es que no te pregunten nada. Les va a hacer mucha ilusión que se la pidas: esa maldita fotocopia con firma y sello cuesta 10€.
Alguno quizá te pregunte si quieres volante de bautismo (que es gratuito) o partida de bautismo. Di que quieres partida porque es lo que te va a exigir el arzobispado.
Puedes ir a recogerla o pedir que te la manden por correo. Si escoges la segunda opción asume que te la van a mandar certificada y a contra reembolso. Serán unos 15 euros. Al menos fue lo que me costó a mí porque mi parroquia está algo lejos… » ver todo el comentario
Algunas acciones que podemos hacer los ciudadanos para evitar la dictadura del oligopolio de Unesa (Iberdrola, Endesa, Gas Natural-Unión Fenosa, E-ON, HC Energía):
-Votar a partidos que apuesten por las renovables.
-Apoyar a organizaciones ecologistas.
-Apoyar a medios de comunicación que no estén al servicio (o no dependan) de las compañias eléctricas.
-Difundir información sobre el oligopolio entre el mayor número de personas posible.
-Y sobretodo, cambiarse de una compañia del oligopolio a una compañía eléctrica o cooperativa que apueste por las renovables (que además no supone pagar más y sólo hace falta rellenar un simple formulario).
-Y exigir a tu Ayuntamiento que también se cambie a una cooperativa o empresa de renovables. Por ejemplo:
-Crean más empleo que otros tipos de energías.
-Reducen la contaminación, mejorando nuestra salud y la del planeta.
-A largo plazo… » ver todo el comentario
Ley 8/1972, de 10 de mayo, de construcción, conservación y explotación de autopistas en régimen de concesión.
Artículo veintisiete
Primero. El concesionario deberá conservar la vía, sus accesos, señalización y servicios reglamentarios en perfectas condiciones de utilización.
Segundo. La continuidad en la prestación del servicio le obligará, especialmente, a:
a) Facilitarlo en condiciones de absoluta normalidad, suprimiendo las causas que originen molestias, incomodidades, inconvenientes o peligrosidad a los usuarios de la vía, salvo que la adopción de medidas obedezca a razones de seguridad o de urgente reparación.
b) Limitar las explotaciones de las áreas de servicio de forma que no interfieran la libre y normal circulación.
c) Prestarlo ininterrumpidamente durante las veinticuatro horas del día, salvo supuestos excepcionales debidos a caso fortuito o fuerza mayor, en cuyo caso deberá adoptar las medidas de emergencia que el Ministerio de Obras Públicas le imponga para lograr la reanudación inmediata del servicio y sin derecho a indemnización alguna.
[...]
En la sanción remite al 65.6 de la LTSV (Ley de Tráfico, Circulación de vehículos a motor y Seguridad Vial) 10. 2. Se prohíbe arrojar, depositar o abandonar sobre la vía objetos o materias que puedan entorpecer la libre circulación, parada o estacionamiento, hacerlo peligrosos o deteriorar aquella o sus instalaciones, o producir en la misma o en sus inmediaciones efectos que modifiquen las condiciones apropiadas para circular, parar o estacionar.
La sanción correspondería, como mucho, con el 65.4: n. Arrojar a la vía o en sus inmediaciones objetos que puedan producir incendios o accidentes, o que obstaculicen la libre circulación.
Y serían 200 €.
#10 Pero como en esta norma dice "arrojar" y no "depositar" (así diferenciaba el anterior código Art 4.2 del CIR y el 10.2 de la LTSV), probablemente correspondería una infracción leve, el 65.3 ("Son infracciones leves las cometidas contra las normas contenidas en esta Ley y en los Reglamentos que la desarrollen que no se califiquen expresamente como graves o muy graves en los apartados siguientes."); como mucho.
Y ni de coña con el 65.6 6. Asimismo, son infracciones muy graves:
a. Realizar en la vía obras sin la autorización correspondiente, así como la retirada, ocultación, alteración o deterioro de la señalización permanente u ocasional.
b. No instalar la señalización de obras o hacerlo incorrectamente, poniendo en grave riesgo la seguridad vial.
Vamos, que estaban por tocar los cojones.
Quizá sería el momento de denunciar al agente por prevaricar.
La opresión es lo que ha padecido mi País en cada momento de conquista militar, y en cada momento de recuperar la libertad.
Opresión es lo que padeció Martxelo Otamendi, y todos los ciudadanos que han querido ser libres y expresarse libremente.
Tu discurso es el propio de un siervo del Reino de España y un nacionalista español totalmente insensible con la tortura sistemática de ciudadanos navarros (vascos), con cierre de medios de comunicación, ilegalización de partidos, extradiciones de navarros (vascos) norpirenaicos, abusos, etc.
Opresión es que en 1874 y 1936 la Guardia Civil evitara que Navarra recuperase su territorialidad (Hegoalde) por voluntad propia, poniendo fin a las democracias de 1873 y 1931 en las cuales la Constitución de Navarra y el Estatuto de Estella Lizarra iban a dar esa posibilidad del sentir mayoritario.
Opresión es que en 1978 PSOE desde Madrid no permitió el Estatuto cuadriprovincial, y obligó a PSOE de Navarra a registrarse como PSN, imponiendo a la gente de Corella y dejando de lado a todos los que estaban representando a la mayoría social navarra de PSOE que apoyaban a PNV y la IA para el Estatuto.
Opresión es que en la Alta Navarra (actual Comunidad Foral en terminología PROPIA) se IMPUSO un Estatuto llamado "amejoramiento del Fuero" por los mismos que niegan nuestro Fuero, y que es el único Estatuto no refrendado de todo el Reino de España.
Opresión es mantener el status quo socio cultural fruto de esto:
Año 1776: Se prohiben los libros en euskera (Conde de Aranda)
Año 1768: Se prohibe el euskera en la enseñanza de las primeras letras (Real Cédula de Carlos III)
Año 1772: Se prohiben los libros de contabilidad para comerciantes en euskera ((R.C. Carlos III)
Año 1801: Se prohiben todo tipo de representaciones teatrales en euskera
Año 1803: una denuncia particular sobre castigos corporales inflingidos por hablar euskera en la escuela
Año 1857: Obligatoriedad de la escolaridad únicamente en castellano (Ley… » ver todo el comentario
1. Rodrigo Rato Figaredo. Ex Vice Presidente y Ministro del Gobierno de Aznar. Audiencia Nacional. Acusado de un delito de estafa, apropiación indebida, falsificación de cuentas anuales, administración fraudulenta y maquinación para alterar el precio de las cosas.
2. Ángel Acebes Paniagua. Ex Ministro del Interior, de Justicia y de Administraciones Publicas. Ex Diputado. Ex Secretario General del PP. Audiencia Nacional. Acusado de un delito de estafa, apropiación indebida, falsificación de cuentas anuales, administración fraudulenta y maquinación para alterar el precio de las cosas.
3. Jaume Matas. Ex Ministro del Gobierno Aznar. ex Presidente de la Comunidad de Baleares y ex Presidente del PP. Juzgado de Instrucción de Palma de Mallorca. Acusado de malversación, fraude, falsedad, prevaricación y tráfico de influencias
4. José Manuel Fernández Norniella. Ex Secretario de Estado con el Gobierno de Aznar. Audiencia Nacional. Acusado de un delito de estafa, apropiación indebida, falsificación de cuentas anuales, administración fraudulenta y maquinación para alterar el precio de las cosas.
5. Estanislao Rodríguez Ponga. Ex Secretario de Estado de Hacienda con el Gobierno de Aznar. Acusado de un delito de estafa, apropiación indebida, falsificación de cuentas anuales, administración fraudulenta y maquinación para alterar el precio de las cosas.
6. Luis Bárcenas. Ex Tesorero Nacional y ex Senador por Cantabria.. Audiencia Nacional. Acusado de cohecho, blanqueo de capitales y contra la Hacienda Pública
7. Jesús Merino. Ex diputado por Segovia. Audiencia Nacional. Acusado de cohecho, blanqueo de capitales y contra la Hacienda Pública.
8. Ricardo Galeote. Ex concejal de Estepona. Audiencia Nacional. Acusado de cohecho, blanqueo de capitales y contra la Hacienda Pública.
9. Sonia Castedo. Alcaldesa de Alicante y Diputada autonómica. Tribunal… » ver todo el comentario
Déclaration historique de l´injuste usurpation et retention de la Navarre par les Espagnols (1625, 1755-62).
Arnaud Oihenart
Ensayo que argumenta la ilegalidad de la invasión del Reino de Navarra por parte del Reino de España.
El día de Navarra no se celebra en España pero sí en Navarra.
www.youtube.com/watch?v=fobMoxjduSk
Alta Navarra o Comunidad Foral y el Euskara:
Video que debes ver ANTES de leer el resto del comentario:
www.youtube.com/watch?v=D0fAaISw4uo
Visto esto:
Hombre, es que Navarra se proyecta territorialmente el doble que la CAV hacia el sur.
En el norte hay un territorio del tamaño de Gipuzkoa donde el 100-90% de los navarros viven y trabajan en euskera (Baztan, Malerreka, Bortziriak y Larraun), y luego baja conforme se acerca a la zona mixta.
En Navarra en el norte hay zonas tan euskaldunas (y más) que en Gipuzkoa y Bizkaia.
San Fermin - Lesaka (100% Euskalduna)
www.youtube.com/watch?v=xN8SGM5bRLU
San Fermin - Iruñea PAmplona (zona mixta)
www.youtube.com/watch?v=mYC353oHJLE&feature=relmfu
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Navarra es el Estado que Euskal Herria edificó dotarse de un sujeto político propio. Son 1.200 años de historia nacional IX - XVII como Estado independiente, y hasta el XIX mantuvo la estatalidad.
"En la confirmación del Fuero de Tudela, en 1.134 o 1.135, figura el signo del “rey García (Ramírez) que en su alzamiento juró los fueros y los confirmó”. En sus diplomas de 1.135 se intitula “rex in Pampilona, et in Alaba et in Puzcoa et in Bizcaia”.
Tomás Urzainqui
Has dicho que me he inventado la historia: MIENTES. La historia es LA REALIDAD:
San Sebastián - Donostia es una ciudad fundada como villa navarra.
San Sebastián fue fundada hacia 1180 por Sancho el Sabio, rey de Navarra. Nace para ser puerto marítimo de Navarra, e inicialmente cumple su misión como tal.
Wikipedia
Victoria es una villa navarra fundada sobre Gasteiz para amurallarla y extender el sistema militar y defensivo de nuestro… » ver todo el comentario
Desde Asuntos Internos del ministerio del Interior se trabaja en la hipótesis de que una o varias personas elaboraron un borrador del informe a partir de múltiples elementos que aparecen dispersos en los documentos analizados durante la investigación interna.
O sea, que lo que se dice puede ser verdad a pesar de estar disperso.
La crema y nata del periodismo celtibérico de toda cuerda:
Luis del Olmo – Onda Cero (20-02-03).- “En Euskadi están desmantelando a estas horas el aparato de captación de la banda criminal ETA, el diario Egunkaria. No sé si conocías este panfleto…” Tertuliano: “No tengo costumbre, pero sí sabía de su existencia. Yo creo que este es el tercer diario que tiene el independentismo vasco próximo a Herri Batasuna. Primero fue Egin, después creo recordar que estuvo Gara y, cierre tras cierre, ahora está Egunkaria”.
Ramón Pi – RNE (20-02-03).- “Euskaldunon Egunkaria quiere decir El diario en vascuence”.
Luis Herrero e Isabel San Sebastián – COPE (20-02-03).- “Egunkaria o Egunkaría… Pongámonos de acuerdo…” I. San Sebastián: “Egunkaría, Egunkaría dicen…” L. Herrero: “Yo siempre he dicho Egunkaria, porque nunca he visto la tilde, pero…” I. San Sebastián: “Es que en vascuence nunca se ponen tildes” L. Herrero: “Pues mira, una cosa que he aprendido”.
Luis Herrero – COPE (20-02-03).- “Y me atrevo a decir una cosa más: me da igual dónde trabajen. Esta operación, en todo caso, es una buena noticia y como tal hay que saludarla”. (A continuación, entra el patrocinio anunciando esa información como la buena noticia del día).
Alfonso Ussía – Onda Cero (21-02-03).- “Por lo menos, con Auzmendi, los etarras tendrán en la cárcel a su capellán particular”.
A raíz de las denuncias de varios directivos de Egunkaria de haber sufrido torturas por parte de la policía, varios tertulianos decían en antena lo siguiente:
Curri Valenzuela – RNE (25-02-03).- “Tú dime a mi qué periódico es un periódico cuyo director se inventa unas mentiras de este tamaño”.
Curri Valenzuela – RNE (25-02-03).- “Cuando has dicho eso de que dice este etarra o lo que sea, o director de periódico, que le habían torturado obligándole a decir quinientas veces que España empezaba en Irún y terminaba en Algeciras, yo iba en el coche y he dicho yo en alto: ‘mira,… » ver todo el comentario
#10 La constitución dice que se puede independizar Cataluña, lo explico a continuación:
Si alguien la tiene a mano, Artículo 96.1 dice que los tratados internacionales firmados y publicados oficialmente por España (en el BOE, como todas las leyes) forman parte del ordenamiento jurídico. Si no tienes constitución aquí esta: noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/constitucion.html
Y si leéis de ese BOE/Pacto Internacional el Artículo 1 dice que todos los pueblos tienen derecho a la libre determinación de su condición política y que el estado debe promover el este ejercicio de esta libertad.
Este tratado está dentro de la Carta Internacional de Derechos Humanos, que la constitución le otorga mayor poder del que tiene la misma constitución ya que el Artículo 95 obliga a cambiar la constitución si contradice a la ley internacional. Sabiendo esto se extrae que la interpretación del Artículo 2 de la constitución cuando se refiere a esa indisoluble unidad no se puede referir al aspecto territorial ya que entraría en conflicto con el Artículo 95 y con un tratado de la Carta de Derechos Humanos (y si no se ha cambiado el artículo 2 es porque es ambiguo y no se refiere explícitamente a la separación voluntaria y además garantiza la autonomía).
Recomiendo leer la sentencia judicial de absolución a una ciudadana que también grabó parte de un desahucio y al que los agentes golpearon la cámara. Aquí transcribo el fragmento final, aunque merece la pena leerla entera (antes de este fragmento el juez ofrece jurisprudencia diversa sobre la extralimitación de los agentes en el servicio de sus funciones y que eso con lleva la pérdida de consideración de agentes en un juicio):
«(...) En el presente caso se observa en el vídeo cómo los agentes llevaron a cabo una actuación que carecía de cobertura legal, pues ni existe prohibición de filmar en el espacio púlico, ni la imagen de los agentes; así, cabe hacer referencia a la STC 72/2007 de 16 de abril, que en un caso similar al aquí cuestionado, y ponderando los derechos a comunicar y recibir libremente información veraz, y a la propia imagen, afirma que "...el derecho a la propia imagen no es absoluto o incondicionado, de suerte que existen circunstancias que pueden dictaminar que la regla general conforme a la cual es al titular de este derecho a quien, en principio, corresponde decidir si permite o no la captación y difusión de su imagen por un tercero, ceda a favor de otros derechos o intereses constitucionalmente legítimos, lo que ocurrirá en los casos en los que exista un interés público en la captación o difusión de la imagen y este interés público se considere constitucionalmente prevalente al
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